La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la justicia militar desarchivar un proceso que se adelantó contra un grupo de oficiales y suboficiales del Ejército Nacional por su presunta participación en un caso de ejecuciones extrajudiciales.
En el fallo de 28 páginas, el alto tribunal determinó que el caso debe pasar a un conflicto de competencias con el fin de determinar si pasa o no a la justicia ordinaria.
Igualmente, la Corte Suprema le dio un plazo de 48 horas a la Fiscalía General para reactivar la investigación por los hechos que rodearon el asesinato de tres personas en el municipio de Sonsón (Antioquia) que fueron presentadas como guerrilleros abatidos en combate en mayo de 2005.
La investigación recae en contra de un teniente y tres soldados, adscritos a la Cuarta Brigada del Ejército, por haber tenido participación y conocimiento en la muerte de estos campesinos, quienes no tenían ninguna relación con el conflicto armado.
El pronunciamiento se hizo después que se avalara una acción de tutela presentada por los familiares de los jornaleros asesinados y presentados como guerrilleros, quienes manifestaron que se había incurrido en una vulneración al debido proceso.
Esto tras argumentar que la Justicia Penal Militar, que asumió el caso, no adelantó las respectivas pesquisas y recolección de pruebas para archivar la investigación contra el teniente Ramiro Jairo Ramírez y los soldados William Carvajal, Rubén Giraldo y Alejandro Moreno.
La tutela señalaba que los militares llegaron a su vivienda, sacaron a su marido para trasladarlo al municipio de Argelia. Pocos días despuiés, apareció muerto, vestido de camuflado y señalado como integrante de las Farc.
El teniente Ramírez fue condenado a 33 años de prisión por otro caso de ‘falsos positivos’. Igualmente, la Procuraduría lo sancionó con destitución e inhabilidad de 20 años para ejercer cargos públicos.
El oficial fue sancionado por presentar a un campesino como guerrillero abatido en combate en la vereda El Zancudo, zona rural de Argelia (Antioquia).