La Corporación Autónoma Regional del Cauca, hace un llamado a alcaldes, consejos municipales de gestión del riesgo de desastres, consejo departamental de gestión del riesgo de desastres, medios de comunicación, gremios de producción, empresas de servicios públicos, organismos de socorro y comunidad en general a tomar acciones de prevención de incendios forestales a causa del fenómeno del niño.

De acuerdo a información suministrada por el IDEAM, se recomienda no bajar la guardia a la posible ocurrencia y propagación de incendios en la cobertura vegetal, al ascenso de las temperaturas durante el día, eventos extremos de vientos y posibles descensos de temperaturas en horas de la madrugada.

Es importante mencionar que los incendios forestales son eventos en su gran mayoría producidos por el hombre, lo que pone de manifiesto el acompañamiento educativo que debe realizarse permanentemente con el fin de disminuir su existencia. En ese orden de ideas, la Corporación Autónoma Regional del Cauca alerta sobre temporada seca y que las altas temperaturas combinadas con fuertes vientos causan con mayor facilidad los incendios forestales, por lo que recomienda que durante esta época NO se debe realizar:

·       No arrojar colillas ni fósforos encendidos al suelo.

·       No tirar residuos que puedan favorecer la ocurrencia de incendios forestales.

·       No encender fogatas en cerros, humedales, parques o quebradas.

·       No ingresar automóviles o motocicletas en zonas donde hay matorrales secos.

·       No realizar quemas agrícolas, de basuras o material vegetal.

·       Si observa una columna de humo o llamas informa a la línea 123 Policía Nacional, 132 Cruz Roja, 144 Defensa Civil o 119 Bomberos.

  • La práctica tradicional de quema para la preparación de tierras de cultivo, genera en el Departamento del Cauca el mayor número de casos de incendios forestales; abstenerse de realizar esta práctica, no solo por la conexidad con los incendios forestales sino principalmente porque está demostrado que es causa para la pérdida de fertilidad del suelo. Es una práctica que debe eliminarse del imaginario colectivo de la población rural. Además, provocar un incendio forestal no solo acarrea sanciones de tipo ambiental, el código penal colombiano lo tipifica como delito, en tal sentido el artículo 350 de la ley 599 de 2000.

La Autoridad Ambiental informa que estará en permanente coordinación con las autoridades Departamentales y Municipales, quienes deberán reportar a través de los Consejos Municipales y Departamentales de Gestión del Riesgo, la presencia de eventos ante la UNGRD y el IDEAM.

Por gustavom